📝 Aplazamiento del pago de tasas en Extranjería según el Nuevo Reglamento (2025)
La Secretaría de Estado de Migraciones ha emitido una Nota Informativa para aclarar el aplazamiento en el pago de tasas en los procedimientos de extranjería tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento.
👉 Este cambio tiene como objetivo evitar pagos erróneos debido a que las tasas están pendientes de actualización en una nueva Orden que será publicada próximamente en el BOE. PINCHA AQUI

📎 ¿A qué tasas afecta este aplazamiento?
Las tasas afectadas son:
- Tasa 052 – Autorizaciones de residencia temporal, trabajo, estudios, entre otros.
- Tasa 062 – Autorizaciones de larga duración o modificaciones.
Este aplazamiento aplica a las solicitudes presentadas a partir del 20 de mayo de 2025.
📅 ¿Cuándo deberás pagar las tasas?
Una vez se publique la nueva Orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con las tasas actualizadas, tendrás un plazo de 10 días hábiles para realizar el pago correspondiente.
⚠️ Importante: No intentes pagar antes de que se publique la nueva normativa, ya que podrías incurrir en errores o pagos no válidos.
❓ Preguntas frecuentes (FAQ)
✅ ¿Debo pagar las tasas si presenté mi solicitud antes del 20 de mayo de 2025?
Sí, en ese caso se aplican las tasas vigentes antes del aplazamiento.
✅ ¿Qué pasa si pago antes de la publicación de la nueva Orden?
Tu pago puede no ser válido y tu solicitud podría verse afectada. Es mejor esperar a la nueva Orden.
✅ ¿Por qué se recomienda hacer este trámite con un abogado?
Porque los abogados especializados en extranjería:
- Te aseguran que uses los formularios y tasas correctas.
- Te informan de cambios normativos como este aplazamiento.
- Evitan retrasos y errores que pueden perjudicar tu expediente.
📄 Documentación necesaria para la solicitud de extranjería
- Formulario de solicitud
- Documentación de identidad
- Justificante del pago (una vez publicado el BOE)
- Documentos específicos según el tipo de autorización
⏱️ Plazo estimado de resolución
El plazo habitual depende del tipo de trámite, pero presentar la documentación completa y en plazo agiliza la resolución. La publicación de la nueva Orden puede generar pequeños retrasos.
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