¿Puedo reagrupar a mis familiares si no tengo un contrato de trabajo en España?
¡La respuesta es sí! Aunque no tengas un contrato de trabajo, puedes reagrupar a tus familiares en España si cumples con el resto de los requisitos legales establecidos por la normativa de extranjería.
La ley reconoce el derecho a la reagrupación familiar para las personas extranjeras que residen legalmente en el país. Pero, ¿Qué necesitas exactamente? pincha AQUI que te lo tramitamos.

✅ Requisitos para la reagrupación familiar sin contrato de trabajo
Uno de los requisitos más importantes es acreditar medios económicos suficientes para atender a tu familia. Esto se puede demostrar de diferentes formas, según tu situación laboral:
Si trabajas por cuenta ajena:
- Copia del contrato de trabajo
- Nóminas de los últimos seis meses
- Declaración del IRPF (si aplica)
Trabajas por cuenta propia:
- Acreditación de la actividad que realizas
- Última declaración del IRPF o las dos últimas declaraciones trimestrales
NO realizas actividad lucrativa:
- Cheques certificados
- Cartas de pago
- Tarjetas de crédito (con certificación bancaria del crédito disponible)
💰 ¿Cuánto dinero necesito para reagrupar?
Debes acreditar como mínimo las siguientes cantidades económicas:
- 150 % del IPREM mensual para unidades familiares de dos miembros (reagrupante y reagrupado).
- Por cada miembro adicional: 50 % del IPREM extra.
Excepciones:
- Si el familiar reagrupado es menor de edad, la cantidad exigida se puede reducir.
- Para una unidad familiar de un adulto y un menor, se exige el 110 % del Ingreso Mínimo Vital anual.
- Por cada menor adicional: 10 % más, hasta un tope del 150 %.
📊 Infografía: ¿Qué medios económicos puedo presentar?

Aquí presentamos un resumen sobre los requisitos y como puede demostrar el solicitante que posee dicho medios.
🎥 Vídeo
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