Que hacer si tardan mucho en emitir mi informe de integración social
El informe de integración/arraigo social es un documento emitido por los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento en cuyo territorio tenga su domicilio actual. Sirve para certificar que una persona extranjera ha logrado adaptarse al entorno social, cultural y laboral del país.
Este informe, hasta ahora, solo es necesario para solicitar permiso de residencia por circunstancias excepcionales, arraigo social. Sin embargo, tras la nueva reforma del Reglamento de extranjería en noviembre de 2024, también es necesario para poder solicitar el arraigo socioformativo.
Una vez solicitado el informe a los órganos competentes, debe ser emitido en un plazo máximo de un mes, es decir, 30 días naturales.
¿Que pasa si no emiten el informe en el plazo de 30 días naturales?
La tardanza a la hora de que se emitan estos informes es algo que está a la orden del día. Muchos extranjeros están tratando de solicitar Permiso de Residencia por Circunstancias Excepcionales por Arraigo Social antes de que entre en vigor el nuevo Reglamento en mayo de 2025, por lo que es muy importante para ellos conseguir su informe de inserción social favorable lo antes posible.
Si en el plazo de 30 días naturales, tras haberlo solicitado, la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento correspondiente no han emitido tu informe, la Ley establece que podrá justificarse este requisito por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Una opción es presentar un informe de arraigo no oficial, es decir, presentar un informe que acredite la integración social elaborado por un trabajador social colegiado privado.
Es importante destacar que aquellos que tengan vínculos familiares con otros extranjeros residentes (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) y puedan acreditarlo, no es necesario que presenten dicho informe de arraigo.
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