Regularización masiva en España: ¿qué ocurre con los hijos menores?

La regularización extraordinaria anunciada para 2026 ha generado dudas muy concretas en familias en situación administrativa irregular. Una de las más importantes es qué pasa con los hijos e hijas menores de edad y cómo pueden beneficiarse del proceso.

Ideas clave en 30 segundos

  • Sí: los menores que ya estén en España pueden regularizarse junto con su progenitor.
  • No es automático: el menor necesita su propia solicitud, aunque se tramite de forma conjunta.
  • Según lo anunciado oficialmente, el menor podría obtener un permiso de 5 años si está en España.
  • Si el menor está fuera de España, no entraría en esta vía y habría que valorar reagrupación familiar u otras opciones.

¿Pueden los hijos menores beneficiarse de la regularización?

Sí. La regularización extraordinaria contempla la protección de la unidad familiar, permitiendo regularizar simultáneamente a los hijos e hijas menores de las personas solicitantes siempre que estén en España.

Importante: no se trata de una regularización “automática”. En la práctica, el menor debe tramitar su autorización de residencia vinculada a la solicitud del adulto responsable (madre, padre o tutor/representante legal).

Más información general sobre el contexto y plazos anunciados: Información oficial (La Moncloa).

En nuestro despacho también te lo explicamos paso a paso aquí: Regularización extraordinaria 2026 en España.

Requisitos habituales para los menores (qué se revisa en estos casos)

Aunque el detalle final dependerá del texto definitivo del procedimiento, en términos generales, para incluir a un menor se suele exigir:

  • Estar en España en el momento de la solicitud (presencia efectiva).
  • Acreditar el vínculo familiar (certificado de nacimiento o documento equivalente).
  • Representación legal: que el menor esté bajo la responsabilidad del solicitante (progenitor/tutor).
  • Documentación de identidad del menor (pasaporte, o documento identificativo si aplica).

Nota práctica: la solicitud de autorizaciones para menores la presenta el padre/madre o representante legal (no suele requerirse la presencia del menor para la solicitud). Para trámites oficiales de Extranjería, consulta la sede electrónica: Cita previa Extranjería (sede.administracionespublicas.gob.es).

Si tu caso tiene particularidades (custodia compartida, separación, ausencia de documentos del país de origen), conviene preparar el expediente con estrategia. Te puede interesar también: Arraigo para menores (explicación y alternativas).

Tipo y duración de la autorización para los menores

Según lo anunciado oficialmente, el proceso permitirá regularizar simultáneamente a los hijos e hijas menores que estén en España y, en ese caso, el permiso del menor sería de 5 años.

¿Por qué es importante un permiso más largo para un menor?

  • Escolarización y vida cotidiana con estabilidad administrativa.
  • Acceso al sistema sanitario en condiciones plenas según su situación.
  • Menos trámites de renovación a corto plazo y menos riesgo de “irregularidad sobrevenida”.
  • Mejor planificación familiar (mudanzas, empadronamiento, colegio, pediatría, etc.).

¿Qué ocurre si el menor no está en España?

La regularización extraordinaria está diseñada para personas que ya se encuentran en territorio español. Por tanto, si el menor está en el país de origen (u otro país), lo habitual es que no pueda beneficiarse directamente de este proceso.

En esos casos, la vía más frecuente, una vez el progenitor obtenga autorización de residencia, es estudiar una reagrupación familiar u opciones equivalentes. Aquí tienes una guía de nuestro blog: Reagrupación familiar: requisitos y pasos y también esta comparativa: Residencia de familiar de español vs reagrupación familiar.

Documentación recomendada (checklist) para preparar la solicitud del menor

  • Pasaporte del menor (vigente, si es posible) y copia completa.
  • Certificado literal de nacimiento del menor (y, si procede, legalización/apostilla y traducción jurada).
  • Documento de identidad del progenitor/tutor y prueba de representación legal.
  • Empadronamiento conjunto o pruebas de convivencia (si aplica).
  • Escolarización o informes del centro (si aplica; no siempre es obligatorio, pero ayuda a acreditar arraigo e integración del menor).

Para presentación telemática y aportación de documentación en Extranjería, consulta: MERCURIO (Sede electrónica).

Casos delicados: custodias, separaciones y documentación incompleta

Cada caso debe analizarse de forma individualizada, especialmente cuando existen:

  • Custodia compartida o desacuerdo entre progenitores.
  • Menores con entrada irregular sin sello o sin documentación completa.
  • Menores a cargo de tutores/representantes (no progenitores biológicos).
  • Situaciones de violencia, desprotección o riesgo.

En estos escenarios, la estrategia documental y el encaje jurídico marcan la diferencia.

¿Necesitas ayuda? Revisión de tu caso y preparación del expediente

Si estás valorando presentar tu solicitud y quieres incluir a tus hijos menores de forma segura, podemos ayudarte a: analizar requisitos, preparar documentación y presentar el expediente completo para evitar requerimientos.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Tengo que hacer una solicitud distinta para cada hijo?

Sí. Cada menor suele requerir su propia solicitud, aunque se tramite conjuntamente con la del progenitor.

¿El menor necesita antecedentes penales?

En general, los antecedentes penales se exigen al solicitante adulto. Para menores, lo habitual es centrarse en identidad, vínculo y residencia efectiva, pero dependerá de lo que establezca la norma final.

¿Qué pasa si mi hijo cumple 18 durante el proceso?

Puede cambiar el encaje del procedimiento y la documentación. Es recomendable revisar el caso cuanto antes para presentar correctamente.


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Firmado: Inmaculada Cruz Guillén, abogada colegiada nº4488 ICAAL.

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