Familiares de ciudadanos británicos y el Acuerdo de Retirada: requisitos, documentación y pasos para solicitar la residencia en España
Tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea, conocida como Brexit, muchos ciudadanos británicos y sus familias que residen en España se han visto afectados por los cambios legales en materia de extranjería.
Sin embargo, gracias al Acuerdo de Retirada, los familiares de ciudadanos británicos que ya vivían o tenían vínculos con Reino Unido antes del fin del periodo transitorio pueden mantener sus derechos de residencia y obtener el TIE del artículo 50.
Este documento garantiza su estabilidad legal en España, permitiéndoles seguir viviendo, trabajando o estudiando en las mismas condiciones que antes del Brexit.
En este artículo te explicamos de forma clara quiénes pueden solicitarlo, qué requisitos deben cumplir, qué documentación presentar y por qué es recomendable hacerlo con un abogado especialista en extranjería.
Si eres familiar de un ciudadano británico y vives (o planeas vivir) en España, sigue leyendo: aquí encontrarás toda la información práctica para tramitar tu tarjeta de residencia del Acuerdo de Retirada con éxito.

¿Qué es el Acuerdo de Retirada y quiénes pueden beneficiarse?
Tras el Brexit, los familiares de ciudadanos británicos residentes en España pueden acogerse al Acuerdo de Retirada para conservar sus derechos de residencia.
Estos familiares tienen derecho a obtener el documento de residencia del artículo 50 del Acuerdo (TIE art. 50 TUE), siempre que cumplan ciertas condiciones de vinculación y residencia.
Condiciones para obtener el TIE del artículo 50
Los miembros de la familia de un ciudadano británico pueden ser beneficiarios del Acuerdo de Retirada si cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Residían en España antes del final del periodo transitorio y siguen viviendo en el país.
- Tienen un vínculo familiar previo con un nacional británico residente en España antes del fin del periodo transitorio.
- Son descendientes directos (hijos biológicos o adoptivos) o ascendientes de un ciudadano británico, o del cónyuge o pareja registrada, cumpliendo los requisitos legales establecidos.
También se reconoce como familia extensa a:
- Parejas estables no inscritas, si la relación existía antes del fin del periodo transitorio.
- Miembros de la familia que, por motivos de salud o dependencia económica, estén a cargo del ciudadano británico.
¿Quiénes tienen la consideración de miembros de familia?
- El cónyuge o pareja registrada.
- Los descendientes directos (hijos/as propios o del cónyuge).
- Los ascendientes directos (padres/madres propios o del cónyuge) que vivan a su cargo.
- Otros miembros de la familia extensa, cuando exista dependencia o motivos humanitarios.
Documentación necesaria para solicitar la residencia
Si ya tienes tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión:
- Solicita cita previa en la Comisaría de Policía que gestione extranjería en tu provincia.
- Presenta la tarjeta actual y la documentación actualizada.
- Te sustituirán la antigua tarjeta por el nuevo TIE del artículo 50.
- El documento se entregará en el plazo indicado por la oficina.
Si no tienes tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión:
- Debes presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu residencia.
- Una vez concedido el permiso, solicitarás la expedición del TIE en la Comisaría de Policía.
Plazo estimado de resolución
El plazo varía según la provincia, pero en la mayoría de los casos se resuelve entre 1 y 3 meses desde la presentación completa de la solicitud.
Es importante presentar toda la documentación correctamente desde el inicio para evitar retrasos.
¿Por qué recomendamos hacer el trámite con un abogado especialista en Extranjería?
- Garantiza que tu solicitud cumpla con todos los requisitos legales.
- Evita errores y retrasos que pueden alargar el proceso.
- Un abogado puede defender tus derechos en caso de denegación o incidencias con la Oficina de Extranjería.
- Te asesora sobre otras opciones de residencia si no cumples las condiciones del Acuerdo de Retirada.
En nuestro despacho, acompañamos a familias británicas durante todo el proceso: desde la preparación de documentos hasta la obtención del TIE.
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