¿tienes un expediente en Extranjería? nosotros te guiamos

Si estás esperando respuesta de Extranjería, aquí tienes las vías oficiales para mirar tu expediente, los plazos legales, qué es el silencio administrativo y qué hacer si no contestan. En Cruz Guillén Abogados revisamos tu caso, reclamamos por plazo vencido y preparamos recursos cuando procede.

Dónde ver tu expediente (opciones oficiales)

Sede electrónica (infoext2)

  1. Entra al servicio oficial Información sobre el estado del expediente de extranjería (infoext2).
  2. Accede con Cl@ve o usa el formulario sin certificado para ver el estado.

Consejo: Revisa también “Mis expedientes” y tus notificaciones si tramitaste online.

SMS 600 124 377 (sin coste adicional)

Envía un mensaje al 600 12 43 77 con:

  • Por NIE: NIE [tu NIE] (X/Y/Z + 8 dígitos + letra).
  • Por expediente: EXPE [15 dígitos del expediente].

Recibirás un SMS automático con el estado. Detalles e instrucciones en la ficha del trámite.

Teléfono 060 y Mercurio (“Mis expedientes”)

Cómo leer los estados del expediente

  • En trámite: tu solicitud está registrada y en estudio.
  • Requerimiento de subsanación: falta documentación; ojo porque el plazo puede quedar suspendido hasta que contestes.
  • Propuesta de resolución: el expediente está a punto de resolverse.
  • Resuelto favorable / no favorable: hay resolución; revisa plazos de recurso.

Plazos y silencio administrativo (explicado fácil)

  • Plazo general: si la norma del trámite no dice otra cosa, la Administración debe resolver y notificar en 3 meses (art. 21 de la Ley 39/2015).
  • Silencio administrativo: en solicitudes del interesado, en general es positivo salvo que una ley diga lo contrario (art. 24 LPACAP). En Extranjería, muchas iniciales son de silencio negativo; en varias renovaciones opera positivo.
  • Nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024): en vigor, con disposiciones transitorias para expedientes anteriores. Verifica tu caso en el BOE del RD 1155/2024.

Nota: los tiempos reales dependen de la provincia y la carga de trabajo.

Si se pasa el plazo: qué reclamar y cómo recurrir

  1. Certificado de silencio: si han pasado 3 meses (o el plazo específico), pide el certificado que acredita el silencio (art. 24.4 LPACAP).
  2. Recursos administrativos:
    • Alzada: 1 mes desde la notificación del acto expreso; en cualquier momento si hay silencio. Plazo de resolución: 3 meses (arts. 121–122 Ley 39/2015).
    • Reposición (potestativa): 1 mes si el acto es expreso; en cualquier momento si es presunto. Plazo de resolución: 1 mes (art. 124 Ley 39/2015).
  3. Contencioso-administrativo: 2 meses desde la notificación del acto que pone fin a la vía administrativa, o 6 meses si vas por silencio (art. 46 LJCA).

Errores comunes

  • Escribir mal el NIE o nº de expediente en el SMS.
  • Ignorar un requerimiento de subsanación: revisa Sede/Mercurio y aporta a tiempo.
  • Confiar en fuentes no oficiales: prioriza Sede, SMS y 060.

Checklist en 1 minuto

  • Consulta en infoext2.
  • Envía SMS al 600 12 43 77 con NIE o EXPE (ver instrucciones).
  • ¿Requerimiento? Aporta por Mercurio.
  • ¿Han pasado 3 meses? Valora silencio y reclamación (arts. 21 y 24 Ley 39/2015).
  • ¿Denegación? Alzada/Reposición y, si procede, Contencioso (art. 46 LJCA).

Te ayudamos

Cruz Guillén Abogados – verificamos por Sede/SMS/060, gestionamos aportaciones en Mercurio, reclamamos por plazo vencido y preparamos recursos.

Microgarantía: revisamos plazos y viabilidad de recurso en la primera sesión.

Enlaces oficiales

enlaces inetrnos de interés

Resumen legal

  • Consulta oficial: Sede infoext2, SMS 600 124 377 y 060.
  • Plazo general: 3 meses (art. 21 LPACAP) y efectos del silencio (art. 24 LPACAP).
  • Recursos: alzada/reposición (Ley 39/2015); contencioso: 2 meses expreso / 6 meses silencio (art. 46 LJCA).
  • RD 1155/2024: aplica con transitorias para expedientes anteriores.

Descargo: Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico individual. Para un estudio personalizado, contacte con nuestro despacho.

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En Cruz Guillén Abogados de Extranjería, somos especialistas en extranjería, nacionalidad española y tramitación de visados. Contamos con oficinas en Almería y Madrid, y trabajamos de forma 100% telemática en toda España, ofreciendo soluciones efectivas a personas de cualquier punto del país.

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