Motivos de denegación de las autorizaciones iniciales de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Según el Nuevo Reglamento, se halla en situación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena la persona extranjera mayor de dieciséis años autorizada a residir en España por un periodo superior a noventa días naturales e inferior a cinco años, y a ejercer una actividad laboral por cuenta ajena.
Importante, hablamos de permisos de residencia por cuenta ajena iniciales, no de modificaciones a un permiso de residencia y trabajo.
